domingo, 10 de junio de 2018

Sistema Penal Acusatorio

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Generalidades del Sistema Penal Acusatorio en Panamá (SPA)



Martes, 18 de julio de 2017 

 En atención a los diversos cambios que se venían dando en América Latina, en materia de procedimiento penal, la República de Panamá adecuó su legislación al (SPA), con el propósito de reconocer los derechos a los imputados, facilitar la intervención de la víctimas en el proceso penal, producir mayor celeridad e inmediatez. 
El Sistema Penal Acusatorio, implica un nuevo orden procesal, con la separación de funciones en el proceso, la función de juzgamiento y acusación recae en diferentes sujetos procesales. Esta separación de funciones implica que el juez no puede realizar actuaciones por cuenta propia ni siquiera cuando se cometa un delito durante el juicio, entiéndase delante de él, en este caso deberá comunicarlo al fiscal de turno.
Con la participación de 51 servidores públicos de distintas instituciones gubernamentales, se inició este 18 de julio de 2017, al seminario sobre  las Generalidades del Sistema Penal Acusatorio, en conjunto con la Dirección General de Carrera Administrativa. Contamos con expositores como la licenciada Milena Vega, Juez de Juicio, el licenciado Manuel Villareal, Defensor de Víctimas y el licenciado Manuel Arosemena, Defensor Público, todos pertenecientes al Órgano Judicial y con una  experiencia  en este nuevo sistema.
El objetivo principal de SPA, es que busca, a través de un proceso legal, responder en corto tiempo las denuncias de delitos. En este sistema, el fiscal, la defensa y la víctima tienen igualdad de oportunidades de ser escuchadas y las decisiones están a cargo de un juez independiente e imparcial.
Este evento fue coordinado por el licenciado Guillermo Ríos, jefe encargado de la Dirección de Capacitación y Desarrollo del Servidor Público.
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La implementación del Sistema Penal Acusatorio, como modelo de investigación, litigación y juzgamiento de causas penales, constituye una de las tareas más relevantes que ha afrontado el sistema de administración de justicia en la última década, con miras a su modernización.
El país ha transitado por la implementación de este novedoso sistema en las provincias de Coclé, Veraguas, Herrera, Chiriqui, Bocas del Toro y Los Santos, así como en los procesos penales que se conocen en primera instancia en la Corte Suprema de Justicia (Sala y Pleno) y en la Asamblea Nacional. Ahora, corresponde asumir el nuevo reto que implica la puesta en marcha en Panamá ( Ciudad de Panamá, Chorrera, Colón, y Darién ).
¿Qué es el Sistema Penal Acusatorio?
Es un sistema procesal penal que busca resolver hechos delictivos en menor tiempo, en el cual existe igualdad de las partes. En este sistema, el fiscal, la defensa y la victima tienen igualdad de oportunidades de ser oídas y las decisiones están a cargo de un juez independiente e imparcial.

¿Derecho que ofrece este sistema a las victimas del delito?
  1. A ser parte del proceso y entender su contenido.
  2. A ser escuchada y protegida.
  3. Conocer el curso de las actuaciones.
  4. Intervenir en el proceso sin riesgo.
  5. Solicitar su seguridad y la de su familia  en casos determinados.
  6. Al resarcimiento.
  7. Recibir asistencia legal gratuita del Estado.
¿Derecho que ofrece este sistema a las personas aprehendidas para investigación?
  1. Que se le informe sobre los hechos imputados.
  2. Saber que funcionario ordenó su detención.
  3. Derecho a un defensor gratuito.
  4. Abstenerse de declarar sin que ello lo perjudique o sea utilizado en su contra.
  5. Ser conducido a la mayor brevedad posible ante la autoridad competente.

¿En el proceso acusatorio intervienen?
  1. El Fiscal es el que dirige la investigación y supervisa a los investigadores.
  2. La víctima que es la persona afectada directamente por el delito.
  3. El imputado es la persona señalada como posible autor del delito, quien más adelante podría convertirse formalmente en acusado.
  4. El abogado que representa a la víctima cuanto esta se constituye en querellante.
  5. El abogado defensor que puede ser particular o público pagado por el Estado.
  6. Los jueces, primero interviene el juez de garantías, si hay lugar los jueces de juicio y finalmente los jueces de cumplimiento.

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